La tesis de partida
desde la que se desarrollará el concepto de “justicia” es que éste tiene su
raíz última en la moral. Intentemos entender esta idea, que puede resultar contraintuitiva
desde un punto de vista histórico y social, pues podría parecer que la
justicia, si es algo, es una virtud social y, por lo tanto, más cercana a lo
normativo o lo legal que a lo moral. De hecho, en el pensamiento griego, donde
podemos situar los orígenes de la concepción de Justicia, es posible rastrear
las dos acepciones. Así, mientras que en platón la Justicia es una Idea, y por
lo tanto ser sitúa en la esfera del deber ser ideal, formando parte de las
llamadas “Ideas éticas”, las más cercanas a la Idea de Bien en la
jerarquización platónica, y sólo en tanto tiene esta dimensión moral se
convierte en virtud política –los gobernantes-filósofos lo son porque son
justos, y son justos porque han alcanzado el conocimiento de las ideas de la
Justicia y del Bien-, en Aristóteles, aun siendo también la Justicia una de las
denominadas “virtudes éticas”, en tanto en cuanto éstas tienen que ver con el
habito y con la práctica, adquiere una dimensión mucho más social. Así, la
justicia, que se define como dar a cada uno lo que le corresponde –que en el
fondo no es más que una adaptación de la vieja diosa “Diké” en cuanto
enfrentada a la “Hybris”, el que algo se salga de su lugar natural o del papel
que le asigna el destino- supone una experiencia continua que permita
determinar a la Razón que es, precisamente, lo que le corresponde a cada uno.
En todo caso la caracterización
aristotélica de la justicia parece la que de forma intuitiva abarca de manera
más satisfactoria lo que normalmente se entiende por ésta. La Justicia, así
entendida, sería tanto el reparto de los bienes escasos –y entonces estaríamos
ante lo que tradicionalmente se ha denominado “justicia distributiva”, donde,
además, entra en juego el corolario que el `propio Aristóteles añade a su
definición. “tratar de forma igual a los iguales y de forma desigual a los desiguales”-
o, por otro lado, el reparto de los premios y los castigos, y entonces
estaríamos ante una “justicia penal”, por decirlo así, o lo comúnmente se
entiende por “Justicia”.
Se decía al principio que la noción
de Justicia tenía su origen en el viejo pensamiento griego. Sin embargo, en la
idea actual de Justicia –la que todo el mundo tiene en su cabeza- está
`presente la concepción hebrea de la misma: no en vano el concepto de justicia
que hereda la cultura europea es el cristiano y en el cristianismo se mezclan
las tradiciones griega y judía. El concepto hebreo de Justicia es, en primer
lugar, normativo, puesto que emana del Talmud, la ley hebrea presente en el
Antiguo Testamento, que, a su vez, se fundamenta en el Código de Hammurabi
babilonio. Por ello, y en segundo lugar, tiene sus raíces en la Ley del Talión
presente en dicho Código: “mano por mano, ojo por ojo, diente por diente”.
Bien, esta es la “Justicia” que aflora
cada vez que se oye hablar de que es necesario “hacer justicia”, o que las leyes
son “injustas” o que una condena “no es justa”. Lo que se pide en estos casos
es una pena –un reparto de los castigos- que se corresponda con el delito
cometido –si alguien ha matado tiene que morir-, es decir, que se fundamente en
la venganza y no en la razón. Pero un concepto de justicia que no se fundamente
en la razón no es universalizable –como ya se ha dicho en otro lugar- de tal
manera que si alguien mata a otro movido por un “sentimiento” de Justicia –o le
condena a muerte- no puede desear que esa conducta se convierta en universal,
pues eso significaría desear que también le maten a él y nadie, en principio,
desea algo así. Por lo que la Justicia, que se debe apoyar en la razón, tiene
entonces una base moral, de tal manera que las acciones que pretendan ser
justas tienen que poder convertirse en universales. De esta forma cualquier
conducta que no pueda universalizarse –y matar a alguien, como ya se ha visto,
lo es- constituye un acción injusta.
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