viernes, 10 de febrero de 2012

Derecho a la Defensa

 Existen argumentos que tienen la capacidad de paralizar la posibilidad de respuesta de quien los escucha, argumentos tan tremendamente racionales, tan absolutamente producidos por el sentido común que parece que no queda más alternativa que aceptarlos como si fueran verdades en sí mismos. Sin embargo, es precisamente su contundencia argumentativa la que los hace sospechosos. Son tan claros que rozan peligrosamente los límites del dogmatismo y lo racional consiste, más bien, en no dar nada por sentado. Uno de estos argumentos es el que han utilizado, por una parte, el Tribunal Supremo para condenar a Garzón y, por otra, quienes defienden la justicia de esta sentencia: la defensa de los derechos civiles. Pero pensándolo detenidamente y no dejándonos llevar por su aparente verdad, es posible descubrir las falacias que esconde.
 En primer lugar, un derecho nunca puede justificar un delito, ni servir de coartada para realizarlo. Relacionado con esto, y en segundo lugar, el derecho de un individuo termina cuando invade los derechos de los demás. No es muy difícil ver que el derecho de los acusados en la trama Gürtel a que no se escuchen las conversaciones que mantuvieron con sus abogados termina cuando esas conversaciones tienen como objeto blanquear los millones de euros que esos mismos acusados estafaron a las arcas públicas. Y las arcas públicas son de todos, de tal forma que el derecho civil de los acusados entra en colisión con el derecho civil de todos los ciudadanos. En tercer lugar, el derecho a la defensa es, como tal, universal. Resulta cínico decir que Garzón vulneró el derecho a la defensa de los implicados en la trama de corrupción a la vez que se mantiene un sistema de Justicia de dos velocidades: excesivamente garantista para los que tienen dinero para pagarse un abogado y prácticamente medieval para los que tienen que recurrir a un abogado de oficio, esos que cobran una miseria por defender a los que no tienen otros medios que son los que siempre acaban en la cárcel porque su derecho a la defensa sólo existe sobre el papel.
 Pero sobre todo, y en último lugar, la Constitución Española dice en su artículo 117: “La Justicia emana del Pueblo y se administra en nombre del Rey por Jueces y Magistrados”. Según muchos de los que sostienen la legalidad e imparcialidad de la actuación del Tribunal Supremo, el problema de la sentencia contra Garzón es que el pueblo no la comprende. Si la Justicia emana del pueblo una decisión judicial que el pueblo no comprende no es justa. Y aquí no valen vericuetos legalistas, sofismas jurídicos o sutilezas filosóficas. No es necesario haber leído a Platón para tener un sentido de la Justicia. Mi padre, sin ir más lejos, poseía uno de los sentidos de la justicia más profundos que he conocido y sólo tenía los estudios primarios.
 La sentencia del Tribunal Supremo es, vistas así las cosas, injusta e irracional. Y, sobre todo, conculca los derechos civiles de todos aquellos que se han visto afectados, de una u otra manera, por las tramas de corrupción política, que somos la inmensa mayoría de la población.

2 comentarios:

Enrique P. Mesa García dijo...

Es que no es así. veamos:
1.- Dice: "No es muy difícil ver que el derecho de los acusados en la trama Gürtel a que no se escuchen las conversaciones que mantuvieron con sus abogados termina cuando esas conversaciones tienen como objeto blanquear los millones de euros que esos mismos acusados estafaron a las arcas públicas." Bueno, pues me gustaría ver qué abogado ha sido encausado por ello. Es decir, dónde están los abogados delincuentes. pero es más, si el GAL mataba etarras ¿estaba bien entonces? ¿El fin justifica los medios? ¿Y acaso en Guantámano no hay algún terrorista?
2.- Lo de la justicia y el pueblo. Suena a fascismo. Enonces, ¿para qué jueces y un sistema garantista? Juntamos a unos miembros del pueblo y a juzgar con el sentido común. Por cierto, caso Rocío Wanninkof donde Dolores Vázquez es declarada culpable y caso Camps, inocente. Si la justicia emana del pueblo tal y como usted lo entiende...

Emilio Garoz dijo...

Veamos.
1.- Si no hay ningún abogado procesado es porque las escuchas fueron anuladas. Esa es precisamente la prueba de que el juez protegió sus derechos: que no les encausó hasta no tener pruebas. Como esas pruebas se anularon no se les encausó. Pero siguiendo su argumentación, si Garzón prevaricó por ordenar esas escuchas también lo hicieron los miembros de la policía que las recomendaron , el fiscal que las avaló y los dos jueces que continuaron la instrucción y que las consideraron legales. ¿Por qué a ellos no se les ha encausado, si según la doctrina del Supremo, han prevaricado igual?.
2.- Que la justicia emana del pueblo no lo digo yo, lo dice la Constitución. En todo caso no confunda usted a unos jurados que podían estar influenciados por mil razones con la sensación general de que una sentencia es injusta. Porque esa misma sensación es la que existía en los casos que usted cita aunque los hubiera juzgado un jurado. No creo que un juez o Platón tengan más sentido de la Justicia que un señor de la calle, y pensar lo contrario es elitismo. No se trata de que el fin justifique los medios, sino de que las garantías sean para todos, y que cuando el derecho de un delincuente colisiona con el de los ciudadanos inocentes hay que hacer prevalecer el de los ciudadanos. Por último habla usted de un sistema garantista, ¿garantista para quién?, ¿para el camello de barrio que no tiene dinero para pagarse un abogado y tiene que recurrir a uno de oficio al que se le paga una miseria y tiene que preparar el caso en un par de horas sin conocer al acusado?.