viernes, 17 de enero de 2014

Justicia

 La tesis de partida desde la que se desarrollará el concepto de “justicia” es que éste tiene su raíz última en la moral. Intentemos entender esta idea, que puede resultar contraintuitiva desde un punto de vista histórico y social, pues podría parecer que la justicia, si es algo, es una virtud social y, por lo tanto, más cercana a lo normativo o lo legal que a lo moral. De hecho, en el pensamiento griego, donde podemos situar los orígenes de la concepción de Justicia, es posible rastrear las dos acepciones. Así, mientras que en platón la Justicia es una Idea, y por lo tanto ser sitúa en la esfera del deber ser ideal, formando parte de las llamadas “Ideas éticas”, las más cercanas a la Idea de Bien en la jerarquización platónica, y sólo en tanto tiene esta dimensión moral se convierte en virtud política –los gobernantes-filósofos lo son porque son justos, y son justos porque han alcanzado el conocimiento de las ideas de la Justicia y del Bien-, en Aristóteles, aun siendo también la Justicia una de las denominadas “virtudes éticas”, en tanto en cuanto éstas tienen que ver con el habito y con la práctica, adquiere una dimensión mucho más social. Así, la justicia, que se define como dar a cada uno lo que le corresponde –que en el fondo no es más que una adaptación de la vieja diosa “Diké” en cuanto enfrentada a la “Hybris”, el que algo se salga de su lugar natural o del papel que le asigna el destino- supone una experiencia continua que permita determinar a la Razón que es, precisamente, lo que le corresponde a cada uno.
 En todo caso la caracterización aristotélica de la justicia parece la que de forma intuitiva abarca de manera más satisfactoria lo que normalmente se entiende por ésta. La Justicia, así entendida, sería tanto el reparto de los bienes escasos –y entonces estaríamos ante lo que tradicionalmente se ha denominado “justicia distributiva”, donde, además, entra en juego el corolario que el `propio Aristóteles añade a su definición. “tratar de forma igual a los iguales y de forma desigual a los desiguales”- o, por otro lado, el reparto de los premios y los castigos, y entonces estaríamos ante una “justicia penal”, por decirlo así, o lo comúnmente se entiende por “Justicia”.
 Se decía al principio que la noción de Justicia tenía su origen en el viejo pensamiento griego. Sin embargo, en la idea actual de Justicia –la que todo el mundo tiene en su cabeza- está `presente la concepción hebrea de la misma: no en vano el concepto de justicia que hereda la cultura europea es el cristiano y en el cristianismo se mezclan las tradiciones griega y judía. El concepto hebreo de Justicia es, en primer lugar, normativo, puesto que emana del Talmud, la ley hebrea presente en el Antiguo Testamento, que, a su vez, se fundamenta en el Código de Hammurabi babilonio. Por ello, y en segundo lugar, tiene sus raíces en la Ley del Talión presente en dicho Código: “mano por mano, ojo por ojo, diente por diente”.
 Bien, esta es la “Justicia” que aflora cada vez que se oye hablar de que es necesario “hacer justicia”, o que las leyes son “injustas” o que una condena “no es justa”. Lo que se pide en estos casos es una pena –un reparto de los castigos- que se corresponda con el delito cometido –si alguien ha matado tiene que morir-, es decir, que se fundamente en la venganza y no en la razón. Pero un concepto de justicia que no se fundamente en la razón no es universalizable –como ya se ha dicho en otro lugar- de tal manera que si alguien mata a otro movido por un “sentimiento” de Justicia –o le condena a muerte- no puede desear que esa conducta se convierta en universal, pues eso significaría desear que también le maten a él y nadie, en principio, desea algo así. Por lo que la Justicia, que se debe apoyar en la razón, tiene entonces una base moral, de tal manera que las acciones que pretendan ser justas tienen que poder convertirse en universales. De esta forma cualquier conducta que no pueda universalizarse –y matar a alguien, como ya se ha visto, lo es- constituye un acción injusta.

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